La Secretaría de Desarrollo Productivo y Ambiente de la Municipalidad de Firmat informó que el Gobierno de Santa Fe dispuso una medida de incentivo y acompañamiento fiscal, en el marco de la reglamentación del artículo 30 de la Ley Tributaria Provincial N° 14.386, destinada a fortalecer el entramado productivo local vinculado a la actividad turística, comercial y de servicios.

Este beneficio constituye una herramienta concreta de alivio tributario, promoviendo el cumplimiento fiscal y reconociendo el esfuerzo de quienes sostienen el dinamismo económico en cada localidad de nuestra provincia. A continuación, se detallan los alcances del régimen:
Rubros alcanzados y porcentajes de crédito fiscal:

– Actividades comerciales y/o de servicios (excluidas las actividades primarias, industriales y de la construcción):
25% de crédito fiscal sobre el Impuesto Inmobiliario efectivamente abonado.
– Servicios turísticos vinculados a alojamiento, hotelería, camping y similares:
40% de crédito fiscal sobre el Impuesto Inmobiliario efectivamente abonado.
100% de crédito fiscal en el caso de nuevos emprendimientos o mejoras sobre inmuebles directamente afectados a dicha actividad.

– Transporte de cargas y/o de pasajeros (Patente Única sobre Vehículos):
40% de crédito fiscal para transporte general.
100% de crédito fiscal cuando se trate de recolección de leche fluida o transporte de pasajeros modalidad taxis y remises.
Para más información sobre el procedimiento se puede acceder a http://www.santafe.gob.ar/api, ‘Beneficio Artículo 30 Ley 14386’, y completar los datos solicitados y la documentación requerida.